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PASOS A SEGUIR PARA RECUPERAR EL IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD DESPUÉS DE LA RECIENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 3 DE OCTUBRE DE 2018

La sala de lo Contencioso Administrativo, Sección  Segunda del Tribunal Supremo en su sentencia  1462/2018, ha declarado exentas del pago de IRPF  las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, ratificando una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2017.

En su Sentencia el tribunal Supremo concluye que la prestación por maternidad puede incardinarse en el supuesto previsto en el párrafo tercero de la letra h del artículo 7 de la LIRPF, y por ello el recurso de casación ha de ser desestimado y establecer como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.”

¿QUE PASOS TENGO QUE SEGUIR PARA RECUPERAR EL IRPF DE LA PRESTACION POR MATERNIDAD?

 

PRIMER PASO.- Presentar una solicitud de rectificación de la correspondiente autoliquidación de IRPF.

En caso de no ser reconocida la rectificación habrá que dar el siguiente paso.

SEGUNDO PASO.- Interposición de recurso en vía administrativa.- En caso de recibir una resolución desestimatoria del recurso en vía administrativa, aún quedaría un trámite previo antes de acudir a la vía judicial;

TERCER PASO.- Interposición de una  Reclamación Económico Administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional competente.

Hasta aquí, no es preceptivo comparecer con Abogado ni procurador aunque si es aconsejable contar con el asesoramiento jurídico de un profesional de cara a dotar de mayor solvencia el recurso interpuesto.

CUARTO PASO.- Si se agota sin éxito la vía administrativa, el siguiente paso es iniciar un procedimiento judicial mediante la interposición de un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.

Si finalmente fuera necesario acudir a la vía judicial, será necesario comparecer con Abogado y procurador.

Adjunto se acompaña copia de la Sentencia del Tribunal  Supremo y modelo de solicitud de rectificación de la correspondiente autoliquidación.

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