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lagasca abogados madrid reclamaciones administracion accidente via publicaLos Ayuntamientos, como cualquier empresa o particular, debe responder por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionar por el funcionamiento de los servicios públicos.

La constitución Española reconoce a los ciudadanos en su artículo 106.2 el derecho a ser indemnizados de toda lesión que sufran en sus bienes o derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Normalmente el Ayuntamiento no nos reconoce el derecho directamente por lo que en la mayoría de los casos no queda más remedio que acudir a los juzgados y  tribunales contencioso-administrativos.

PASOS A SEGUIR PARA RECUPERAR LA VIVIENDA ALQUILADA  EN CASO DE NECESIDAD DEL ARRENDADORLa Ley de arrendamientos urbanos en el artículo 9.3 prevé la necesidad de vivienda permanente del arrendador o de sus familiares como una causa de denegación de la prórroga forzosa del contrato.

3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

lagasca abogados madrid obras ilegalesSi como consecuencia de una denuncia o inspección municipal, el Ayuntamiento detecta que hemos cometido una infracción urbanística, deberá iniciar, sucesivamente, dos procedimientos administrativos:

1. Procedimiento de protección de legalidad urbanística.

2. Procedimiento sancionador.

lagasca abogados madrid construcciones ilegalesUna construcción es ilegal en términos urbanísticos cuando no cumple con la legalidad urbanística.

En  términos generales, pueden distinguirse tres categorías:

a) Construcciones contrarias al planeamiento.

b) Construcciones compatibles con el planeamiento realizadas sin licencia.

c) Cambios de uso.

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