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NUEVO MODELO DE DEMANDA DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

NUEVO MODELO DE DEMANDA DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALESAdjuntamos nuevo modelo de demanda de liquidación de gananciales que hemos presentado recientemente en el despacho.

Aprovechamos con el presente artículo para profundizar aún más en este procedimiento que se sustancia con  posterioridad a la firmeza del inventario.

En el caso que nos ocupa, la partida más importante corresponde a las aportaciones realizadas por el matrimonio a favor de la vivienda privativa de uno de los cónyuges. Se podría haber solicitado en el inventario  un porcentaje a favor de la Sociedad de Gananciales, toda vez que las aportaciones se hicieron a favor de la vivienda familiar. En cumplimiento de los artículos 1354 y 1357 del Código civil, cuando los pagos a plazos se realizan sobre la vivienda familiar, se genera un proindiviso ganancial privativo sobre ese bien, aunque el bien esté registrado a nombre de uno de los cónyuges. En este caso, y en aras de generar menos problemática a la resolución del conflicto, se solicitó directamente los importes aportados a los que la demandada manifestó su allanamiento en la comparecencia de formación de inventario (809 de la LEC):

 Una vez cerrado del inventario, se realiza el reparto; en este caso como las partidas más importantes ya fueron adjudicadas de facto a la demandada, se procede a liquidar en ese sentido, produciéndose un exceso de adjudicación a favor de la demanda, de ahí que se solicite la correspondiente compensación.

La intención siempre es procurar llegar a un acuerdo, ya que sino el 810 de la LEC establece que se tendría que designar un contador partidor a los efectos de realizar el cuaderno particional de la sociedad; cuestión que genera costes a los clientes y, por otro  lado, el procedimiento pasa a depender del reparto que realice un tercero, cuestión que es difícilmente impugnable, aunque procesalmente se pueda.

En el caso que nos ocupa antes de la presentación de la  demanda se ha intentado llegar a un acuerdo, pero las formas de pago que se proponen generaría un fraccionamiento de casi 10 años, cuestión que no satisface a nuestro cliente.

Es por ello que se ha presentado demanda, esperando que al menos en la comparecencia previa a la designación del contador partidor se pudiera cerrar un acuerdo.

En todo caso, y dado que no tenemos acceso a todos los datos de las partidas al estar a disposición de la demandada, nos hemos reservado la correspondiente petición de prueba, que el propio contador partidor solicitaría para que la liquidación de la sociedad fuese lo más completa y rigurosa posible.

Profundizaremos en nuevos artículos sobre los siguientes pasos a la demanda, así como el procedimiento anterior a la liquidación de la sociedad de gananciales, la fijación del inventario.

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