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SENTENCIA ABSOLUTORIA DE NUESTRO CLIENTE EN PROCEDIMIENTO DE PENAL DE VIOLENCIA DE GÉNERO

lagasca-abogados-sentencia-absolutoria-de-violencia-de-generoPese haber testigo de los hechos, su declaración no fue concluyente para desvirtuar la presunción de inocencia de nuestro representado; además los indicios que rodean a los hechos principales, como es la cuestión de la llamada realizada por el denunciado a la policía (que parece contradictorio si entendiera que ha cometido algún hecho de trascendencia penal), hacen entender al Juzgador que no hay prueba suficiente de cargo para condenar.

Los asuntos de violencia de género tienen como peculiaridad, en muchos de ellos, la dificultad probatoria de la acusación, toda vez que muchos de los hechos ocurren en esferas privadas, no existiendo testigos que puedan esclarecer lo ocurrido.

 Es por ello que el parte de lesiones toma una importancia fundamental, toda vez que la descripción de los hechos que haga la denunciante y su consonancia con el parte de lesiones puede ser definitvo para la resolución final del procedimiento.

En el caso que nos ocupa la denunciante decidió no declarar en el Juzgado, por lo que el Juzgador debe decidir al amparo de las pruebas que se practiquen en la vista, siendo la declaración del testigo fundamental.

Desde este despacho asumimos procedimientos penales de toda índole, y un trabajo personalizado y directo con el cliente puede ser fundamental para obtener resoluciones como la que se adjunta al presente.

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